España a examen

espana examenExiste un mecanismo de revisión en materia de derechos humanos para cada país miembro de Naciones Unidas, más conocido por su nombre en inglés Universal Peer Review, que fue creado por la Asamblea General a través de su resolución 60/251. Dicho mecanismo permite a cada país exponer, en la sede del Consejo de Naciones Unidas, sus avances en materia de derechos humanos. Con ello se pretende la mejora generalizada en materia de derechos humanos.

El mecanismo no sólo da voz a los gobiernos para expresar qué tan bien lo han hecho, sino que también puede participar la sociedad civil, ONG’s etc que a su vez hacen llegar informes al Consejo dando su punto de vista, que suele diferir de la versión maquillada que dan los gobiernos. Aparte, es posible hacer llegar informes anónimos, conocidos como shadow reports, en su término en inglés, o informes paralelos, en castellano. Con toda esta información de un solo Estado, los demás, que también participan en la revisión, formulan preguntas al Estado en cuestión, con aras a garantizar la implementación, mejora, protección o promoción de los derechos humanos. Al final se elevan una serie de recomendaciones que sirven de guía al Estado examinado para ver hacia dónde debe dirigir sus políticas en esta materia. El Estado a su vez, es pues el responsable de implementar las recomendaciones que salgan de este proceso, de las cuales, previamente dice cuales acepta y cuáles no. Unos años más tarde se repite el proceso, verificando qué recomendaciones se han implementado y cuáles no y como está la situación en general. Pese a no ser un procedimiento vinculante, si un país no colabora, puede ser considerado un país no colaborador persistente. En este sentido, cabe resaltar que no podemos olvidar el importante rol que la política tiene, nos guste o no, en la defensa, protección y promoción de los derechos humanos.

Estos días está teniendo lugar la segunda revisión, o Examen Periódico Anual de España. La primera vez fue en 2010 y concluyó con 120 recomendaciones, de las cuales, España aceptó 98. Aún se desconocen todas las preguntas que el país deberá contestar, pero hay algunas que han sido entregadas por adelantado, en un proceso que aún no ha finalizado.

Así pues, Alemania ha puesto en relieve las recientes condenas en organismos internacionales por no investigar casos de tortura y la falta de mecanismos a nivel nacional para investigar las desapariciones forzadas, pese a que España es miembro de la Convención contra las desapariciones forzadas. La pregunta de Alemania es, en este sentido, saber qué medidas ha tomado España para implementar el concepto internacional de tortura en su código penal. La segunda pregunta es en relación a la Ley de Asilo (Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.). En una referencia velada a su Disposición Transitoria Tercera, que determinaba que en seis meses la Ley sería desarrollada vía reglamento para su correcta implementación, pregunta qué ha pasado con todo este proceso (o falta de él), y qué mecanismos se están usando para lidiar con la incertidumbre y el vacío legal que esta falta de desarrollo vía reglamento; y consecuente implementación está aportando a los posibles beneficiarios de asilo.

En esta línea, son varios los países que han adelantado preguntas o opiniones relacionadas con temas migratorios. En concreto, Republica Checa pide a España que reconsidere la nueva regulación que legalizará las llamadas “devoluciones en caliente” o en frontera y se pregunta –muy acertadamente- si estas devoluciones no chocan frontalmente con el principio –asentado en derecho internacional público de no devolución (non –refoulement) y posiblemente también con la prohibición de trato inhumano y denigrante. También Noruega y Suecia preguntan a España cómo hará para casar las llamadas devoluciones en caliente con la normativa internacional, en especial con el principio de non-refoulement.

Son varios los países que se cuestionan si la nueva Ley de Seguridad Ciudadana –popularmente conocida como Ley Mordaza- no violará el derecho a libre reunión y asociación; así como la libertad de expresión. En concreto, de los países que han adelantado sus preguntas, Inglaterra, Suecia y República Checa.

En un Examen Periódico que promete ser muy interesante, también se han adelantado preguntas cuestionando la situación de los menores migrantes, la situación social fruto de la crisis, el régimen de incomunicación en el caso de algunas detenciones, y diversas cuestiones relacionadas con la lacra que representa la violencia de género, como la garantía de asistencia letrada de calidad a las víctimas, y el paso hacia atrás que España ha realizado a través de un cambio legislativo limitando el principio de Jurisdicción Universal.

Desde Demandas Internacionales seguiremos muy atentamente el devenir de estas sesiones, e informaremos puntualmente de las recomendaciones finales, y cuales se han aceptado por parte del Estado Español.

Universal Peer Review

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